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Coproducción con/sin un acuerdo

De acuerdo con la legislación de Brasil, las coproducciones internacionales con participación brasileña podrán equipararse a producciones nacionales en dos situaciones:

 

  1. bajo el marco de acuerdos de coproducción internacional suscritos por Brasil

 

En el caso de coproducciones internacionales regidas por acuerdos, deben cumplirse los requisitos establecidos en el acuerdo en cuestión.

 

Brasil tiene acuerdos de coproducción con:

 

Alemania

Argentina

Canadá (versión en inglés  / versión en francés)

Chile

España

Francia

India

Israel

Italia

Portugal

Reino Unido

Venezuela

 

Brasil es también signatário del Acuerdo Latinoamericano de Coproducción Cinematográfica, que incluye a Argentina, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, España, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.

 

 

b) o en su defecto, siempre que cumplan los requisitos normativos brasileños

 

La coproducción en defecto de un acuerdo de coproducción internacional debe cumplir requisitos más estrictos. El coproductor brasileño debe ser titular de al menos el 40% de los derechos patrimoniales sobre la obra, y al menos 2/3 del equipo artístico y técnico deben tener nacionalidad brasileña o ser residentes en Brasil por lo menos desde hace 3 años. 

 

 

Nota:

 

Todas las fuentes de financiación del gobierno brasileño están disponibles para las coproducciones internacionales oficiales con participación de Brasil.

 

 

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